PARAMO CATUS S.A. C/ SOSA ANA KARINA S/ COBRO EJECUTIVO
La Cámara de Apelaciones confirma la sentencia de primera instancia que condenó a la demandada al pago de la suma reclamada, rechazando el reclamo del impuesto al valor agregado sobre intereses, y mantiene las costas de alzada a cargo de la parte vencida.
La Cámara revisa la sentencia del 25/03/2025 en un proceso ejecutivo donde PARAMO CATUS S.A. demandó a SOSA ANA KARINA por el cobro de $315.000 por un préstamo, más intereses punitorios del 20% mensual desde el 11/06/2024. La sentencia de primera instancia estableció que los intereses no podían superan un 150% de la tasa del Banco de la Nación Argentina y rechazó el reclamo de aplicar IVA sobre los intereses, basándose en que dicho impuesto no puede discutirse en el proceso ejecutivo, pues la causa de la obligación es abstracta. La parte apelante cuestionó la exclusión del IVA, alegando que la percepción del impuesto se genera con la percepción del rédito, además de citar jurisprudencia en apoyo. La Cámara, tras analizar la normativa y jurisprudencia, sostuvo que la ley 23.349 establece exenciones que no pueden discutirse en el proceso ejecutivo, por lo que la exclusión del IVA es correcta. Además, confirmó la decisión de mantener las costas de alzada a cargo del apelante. La Sala expresa que el agravio respecto al IVA no tiene fundamento y que la sentencia de primera instancia debe ser confirmada en todos sus términos, incluyendo la condena en costas. La decisión fue adoptada por unanimidad.
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