MANGE EDUARDO ESTEBAN C/ GONZALEZ LUCAS MARCOS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La Cámara de Apelaciones revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y modificó la responsabilidad y la indemnización en un accidente de tránsito. Se estableció una responsabilidad compartida del 60% al actor y 40% al conductor, y se fijaron montos indemnizatorios, incluyendo daños físicos, morales, materiales y gastos futuros, con base en cálculos actuariales y periciales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor Eduardo Mange demanda por daños y perjuicios a Lucas Marcos González, Bernardino González y la aseguradora Federación Patronal Seguros SA, por lesiones derivadas de un accidente de tránsito ocurrido el 21/11/2015 en La Plata. La sentencia de primera instancia rechazó la demanda, atribuyendo responsabilidad exclusiva al conductor de la motocicleta por haberse desplazado sin precaución y sin respetar la prioridad de paso. La Cámara, tras analizar las pericias y la mecánica del hecho, restó responsabilidad al conductor y atribuyó un 60% al actor, considerando que ingresó en la intersección sin verificar condiciones y que circulaba con exceso de velocidad. Se reconocieron daños físicos, estéticos, psíquicos, morales, gastos médicos y de rehabilitación, así como la pérdida de uso y la devaloración del vehículo. La responsabilidad del 40% se asignó a la aseguradora, y los montos de indemnización se calcularon en base a criterios actuariales y periciales, ajustados a valores de junio de 2025. La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y ordenó el pago de $46.612.179,20 en concepto de daños y perjuicios, además de los rubros futuros, con intereses y costas, en el porcentaje respectivo. Fundamentos principales: La Cámara valoró la mecánica del accidente, la prioridad de paso conforme al art. 41 de la Ley 24.449, y las pericias que estimaron velocidades elevadas. Se concluyó que el actor desatendió la prioridad y que el conductor circulaba a velocidad excesiva, por lo que la responsabilidad se distribuyó en un 60% para el actor y un 40% para el conductor. La valoración de daños consideró la incapacidad total del 68,43%, daños físicos, estéticos, psicológicos y morales, gastos médicos y futuros, pérdida de chance, daños materiales y desvalorización del vehículo, y privación de uso. Se aplicaron tasas de interés del 6% anual desde el hecho y la tasa pasiva del Banco de la Provincia de Buenos Aires desde la sentencia. La condena se extendió a la aseguradora en la medida del seguro vigente.
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