CREDIL SRL C/ RODRIGUEZ MAURICIO S/ COBRO EJECUTIVO
La Cámara de Apelaciones modifica parcialmente la sentencia en un proceso de cobro ejecutivo, ajustando el reconocimiento de intereses y aclarando la liquidación del monto a pagar, en línea con las facultades de control y morigeración de intereses pactados por las partes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La accionante Credil SRL demanda a Mauricio Rodriguez por cobro ejecutivo, reclamando el pago de un capital de $50.000 más intereses. La sentencia de primera instancia ordenó la ejecución con interés punitorio al 0,16% diario desde la mora, con un límite de una vez y media la tasa del Banco de la Provincia de Buenos Aires. La apelación sostiene que los intereses compensatorios y moratorios deben computarse de acuerdo a las cláusulas del contrato y a las normas del Código Civil y Comercial. El tribunal reconoce que los intereses compensatorios deben correr desde la emisión del pagaré (29/09/2022) hasta la mora (02/10/2023), y los punitorios desde la mora hasta el pago. Se destaca que la facultad de morigerar intereses tiene sustento normativo y que las tasas pactadas pueden ser revisadas para evitar abusos o desproporciones, considerando las condiciones económicas actuales. La Sala admite parcialmente la apelación, ordenando la liquidación conforme a estos parámetros y dejando abierta la facultad de morigeración en liquidación futura, sin que ello implique vulnerar principios constitucionales ni la división de poderes.
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