BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ MARTINEZ DAMIAN DERLIS S/ COBRO SUMARIO SUMAS DINERO (EXC.ALQUILERES, etc.)
La Cámara de Apelaciones modificó la sentencia que condenaba a Damián Martínez al pago de $224.836,85 por deuda de tarjeta de crédito VISA, eliminando el tope adicional a los intereses pactados. La decisión se fundamenta en que los límites impuestos carecían de sustento normativo y no consideraban la normativa aplicable ni las condiciones económicas actuales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara de Apelaciones analizó el recurso del Banco de la Provincia de Buenos Aires contra la sentencia que condenó al señor Damián Derlis Martínez a pagar una suma por deuda de tarjeta de crédito VISA. La sentencia original estableció un tope a los intereses pactados, limitándolos a una tasa equivalente a la tasa de interés del Banco de la Nación Argentina en operaciones de descuento a treinta días incrementada en un 20%. La apelación argumentó que dicho tope carecía de respaldo normativo y que contravenía las condiciones pactadas en el contrato, que establecían tasas variables y límites específicos en las cláusulas sexta y en la ley 25.065. La Cámara consideró que la morigeración judicial de intereses debe fundamentarse en criterios normativos y en las condiciones económicas actuales, y que la imposición de un límite adicional sin sustento normativo resulta arbitraria y desproporcionada. Asimismo, recordó que las tasas pactadas en el contrato, respetando los límites de la ley 25.065, deben ser aplicadas sin el tope adicional impuesto en primera instancia. La Sala concluyó que corresponde modificar la sentencia y ordenar la liquidación de intereses conforme a las tasas pactadas, respetando los límites legales, y sin el tope adicional que carece de respaldo normativo y que se presenta como arbitrario en el contexto económico actual. Se imponen las costas de alzada a la parte demandada, vencida en su recurso.
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