.................... S/ INCIDENTE DE APELACIÓN DE SENTENCIA (ELECTR)
La Cámara de Apelaciones confirmó la absolución de D. E. M. A. en un caso de amenazas en contexto de violencia de género, considerando que la valoración probatoria del juez de primera instancia fue adecuada y que no se demostraron errores en la valoración de pruebas ni en la aplicación del principio de duda razonable.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa fue seguida contra D. E. M. A. por amenazas en perjuicio de M. J. M., ocurridas el 3/11/22 en La Plata. El juez de grado dictó sentencia absolutoria, considerando que la prueba no alcanzaba el estándar de certeza para condenar, y valoró que las inconsistencias en los testimonios generaban dudas razonables que favorecían al imputado. El fiscal de la UFIJ apeló la decisión, argumentando que la valoración de la prueba fue incorrecta, que no se aplicó adecuadamente la perspectiva de género y que la amenaza con cuchilla fue probada. La Cámara, tras analizar los agravios, sostuvo que el juez de primera instancia evaluó correctamente la prueba testimonial, resaltando que las contradicciones en los testimonios generan duda razonable, y que la valoración se ajusta a derecho. Además, la aplicación de la perspectiva de género fue adecuada y no se evidencian omisiones o errores que justifiquen la revocación de la absolución. Por ello, rechazó el recurso y confirmó la sentencia absolutoria.
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