.................... S/ ENCUBRIMIENTO
La Cámara de Apelaciones declara inadmisible el recurso de apelación del defensor oficial en causa de juicio abreviado, fundamentando que la conformidad del imputado y la defensa impiden revisar la sentencia; además, el pedido de aplicar la pena mínima fue considerado válido en el acuerdo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El defensor oficial de Sergio Adrian Olivera interpuso recurso de apelación contra la sentencia que lo condenó a 2 años de prisión efectiva por receptación dolosa, dictada en un procedimiento de juicio abreviado. La Cámara analizó la admisibilidad del recurso, considerando que el acuerdo alcanzado por las partes, que contó con la conformidad expresa del imputado y su defensa, hace inadmisible la impugnación. La defensa alegó que la sentencia no estaba debidamente fundada y que la pena debió ser menor, pero la Cámara sostuvo que estas cuestiones no son revisables en el marco del acuerdo. Se cita jurisprudencia que establece que si la sentencia se ajusta al acuerdo, no hay motivo para su revisión, y que la manifestación de la defensa sobre la pena mínima no afecta la validez del pacto. Por ello, se declara inadmisible el recurso sin costas. Fundamentos principales: "El agravio nada más ni nada menos, está ausente". La conformidad prestada por el imputado y su defensa técnica en el proceso de juicio abreviado implica la inadmisibilidad del recurso, y cualquier intento de revisión de aspectos sustanciales, como la calificación legal o la pena, resulta improcedente. La postura de la Cámara se apoya en la jurisprudencia de que "si la sentencia se ajusta en un todo al acuerdo arribado, no vemos motivo alguno para que sea recurrida". Además, la manifestación posterior del defensor, solicitando la aplicación del mínimo de pena, no altera la validez del acuerdo ni su admisibilidad. La Cámara concluye que la impugnación es inadmisible y la declara en consecuencia.
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