F., J. E. S/ INCIDENTE DE APELACION DE SENTENCIA (C1)
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de San Isidro confirmó la sentencia que condenó a J. E. F. a ocho meses de prisión por amenazas simples y lesiones leves en un contexto de violencia de género. La decisión se basó en la firmeza del análisis probatorio y la necesidad de resocialización del imputado, rechazando la modalidad de ejecución condicional solicitada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La presente causa llega en virtud de la sentencia dictada el 15 de mayo de 2025 por el Juzgado Correccional N° 1 de San Isidro, que condenó a J. E. F. a ocho meses de prisión efectiva por amenazas simples y lesiones leves calificadas por el vínculo, en un hecho ocurrido el 1 de enero de 2024 en Benavídez. La defensa oficial interpuso recurso de apelación, cuestionando la modalidad ejecutiva de la pena y solicitando la ejecución condicional, argumentando que la sentencia se fundamentó en un enfoque de derecho penal de autor, lo cual viola principios constitucionales, y que la pena debería ser de carácter condicional dada la naturaleza del hecho y las circunstancias del imputado. La Cámara de Apelaciones analizó los agravios y, en concordancia con la valoración de la prueba y la motivación del juez de grado, concluyó que la modalidad de cumplimiento efectivo resulta adecuada para garantizar los fines de la pena y la resocialización del condenado. El tribunal destacó que el comportamiento del imputado y las características del delito justifican la confirmación de la sentencia en su integridad, adhiriendo a la fundamentación del juez de primera instancia y rechazando la solicitud de ejecución condicional. Además, se declaró la admisibilidad del recurso y se reservó la posibilidad de plantear un incidente de casación.
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