.................... S/ INC. AP. EXIMICION (ESTAFA --13-01-014203-21/00---)
La Cámara de Apelaciones aceptó la excusación de la jueza Patricia Patanella por conflicto de intereses y constituye la sala con los jueces restantes para continuar con la causa. La decisión garantiza la imparcialidad del tribunal en el proceso penal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa nº 37911-I3 corresponde a una investigación por asociación ilícita en concurso real con estafas reiteradas, en la cual la magistrada Dra. Patricia Patanella solicitó su excusación alegando estar comprendida en las causales del art. 47 inc. 11 del CPP, por tener amistad íntima con alguno de los interesados. La Cámara evaluó que la causal invocada era compartida y, en consecuencia, aceptó su excusación para que la causa siga tramitándose con los jueces restantes. La resolución se fundamenta en que la recusación fue fundada en motivos de imparcialidad y en la normativa del CPP que regula la recusación de magistrados. La decisión asegura la imparcialidad y objetividad en la sustanciación del proceso penal, garantizando el derecho a un juez imparcial.
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