B. A., L. A. Y OTRO S/ROBO CALIFICADO (IPP 03-00-1918-25) J.G.N°2
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Dolores confirmó la resolución que convirtió en prisión preventiva la detención de Luis Alberto Barbagallo Acosta por considerar que existen peligros procesales fundados en sus antecedentes condenatorios y la naturaleza del delito imputado. La decisión se fundamentó en que la medida resulta proporcional y necesaria para garantizar la investigación y la instrucción del proceso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El imputado Luis Alberto Barbagallo Acosta fue detenido y la Fiscalía solicitó su conversión en prisión preventiva por considerar que existían peligros procesales, principalmente riesgo de fuga y entorpecimiento de la investigación, dada su escala penal y antecedentes condenatorios. La resolución del juez de garantías, dictada el 16 de abril, convirtió su detención en prisión preventiva fundamentándose en que el imputado registra antecedentes penales condenatorios, incluyendo condenas por amenazas agravadas y robo, que podrían concretarse en penas de efectivo cumplimiento si se le dictara condena en este proceso. Además, se consideró que las circunstancias personales y la gravedad del delito justificaban la medida. La defensa apeló argumentando que no se acreditaban los peligros procesales y que la pena en expectativa no justificaba la prisión, pero la Cámara rechazó esos argumentos, señalando que "las condiciones personales del imputado y la pena que se espera como resultado del procedimiento, son circunstancias que permiten inferir la eventual existencia de los peligros procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación". La Cámara concluyó que la medida era ajustada a derecho y proporcional, por lo que confirmó la resolución del juez de garantías. Votos en disidencia no se registran.
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