B., N. S/ INCIDENTE DE LIBERTAD ASISTIDA EN CAUSA 16659 UFI 7 (IPP 03-05-000791-21) (JEP 19095)
La Cámara de Dolores confirmó el rechazo del beneficio de libertad asistida a Nicolás Bicerne por su condena por delitos sexuales, fundamentando que la norma y los informes indican que no cumple con los requisitos para acceder al beneficio, respetando la ley y la constitucionalidad.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara de Dolores analiza el recurso de apelación interpuesto por la Defensora Oficial en contra de la resolución del juez de ejecución penal que rechazó la solicitud de libertad asistida para Nicolás Bicerne, condenado por delitos sexuales. La sentencia destaca que el rechazo se fundamenta en la ley 12.256, específicamente en el art. 100, que impide beneficios a condenados por ciertos delitos, y que la valoración de informes criminológicos y psicológicos avala la decisión. La defensa alegó violaciones constitucionales y principios de igualdad y resocialización, además de que la resolución no habría sido suficientemente fundamentada. La Sala concluyó que la norma no viola garantías constitucionales y que la valoración de las constancias y la normativa aplicable justifican el rechazo del beneficio, confirmando así la resolución de primera instancia.
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