TORRES HUGO MARTIN Y OTRO/A C/ ESTEVEZ CAO JOSE MANUEL Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La Cámara de Morón confirmó la responsabilidad del conductor en el accidente de tránsito y la condena por daños y perjuicios, manteniendo los montos y agravios. La decisión se fundamenta en la mecánica del hecho, la prueba pericial y la normativa vigente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demanda fue promovida por Hugo Martín Torres y Flavia Mónica Licera contra José Manuel Estevez Cao y la aseguradora Nación Seguros S.A. Se reclamaron daños materiales, lesiones físicas, psíquicas, daño moral y gastos médicos derivados de un accidente ocurrido el 4 de abril de 2020. La sentencia de primera instancia condenó a los demandados a pagar sumas millonarias por daños y perjuicios, confirmadas por la Cámara. La parte demandada alegó que la mecánica del hecho no fue correctamente analizada, que la responsabilidad debería atribuírsele a la víctima, y cuestionó los montos de indemnización y el límite de cobertura del seguro. La Cámara sostuvo que la mecánica del siniestro, corroborada por pericia mecánica y médica, evidencia la responsabilidad del demandado por incumplimiento de las normas de tránsito, en particular por superar la velocidad máxima en encrucijadas sin semáforo y no respetar la prioridad de paso conforme a la ley 24.449. Los daños psíquicos y físicos fueron avalados por peritajes especializados, concluyendo que existe una relación causal entre el accidente y las secuelas. Respecto al daño moral y gastos médicos, la Cámara consideró que los montos están dentro de parámetros razonables y que la responsabilidad del asegurador debe extenderse a la cobertura vigente, ajustando la limitación por la inflación y la normativa actual. La sentencia resalta que las responsabilidades y daños deben ser resarcidos íntegramente, y que la responsabilidad objetiva en accidentes de tránsito impone la condena a los responsables por los daños.
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