HEREDEROS DE MARIO RAINALDO PERALTA C/ PERALTA, RAUL ARMANDO S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA LARGA
La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia que rechazó la demanda por prescripción veinteañal en un proceso de usucapión. La decisión se fundamentó en que la prueba producida no acreditó la posesión continuada, pacífica e ininterrumpida durante 20 años con ánimo de dueño, siendo insuficiente para adquirir el dominio por prescripción.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, en este caso los herederos de Mario Rainaldo Peralta, promovió una acción de usucapión para adquirir el dominio de un inmueble ubicado en Norberto de la Riestra, partido de Veinticinco de Mayo, basándose en la posesión pacífica, pública y continua desde 1991, acompañando diversas pruebas documentales y testimoniales. La demandada, representada por la defensora oficial, negó la existencia de la posesión prolongada y cuestionó la suficiencia probatoria, alegando que no se acreditó el animus domini durante los 20 años requeridos. El tribunal de primera instancia rechazó la demanda por considerar que la prueba presentada no lograba acreditar la posesión suficiente en los términos del art. 1899 del Código Civil, en especial por la insuficiencia de los medios probatorios, incluyendo testimonios y documentación, que no demostraron la posesión con la continuidad y carácter de dueño durante el plazo legal. La Cámara de Apelaciones, en acuerdo unánime, confirmó la decisión de grado, sosteniendo que la prueba no resultó suficiente para acreditar los requisitos de la usucapión. La jurisprudencia citada destaca que la prueba testimonial debe ser concluyente y coincidente, y que la prueba documental acompañada no alcanza a demostrar la posesión de 20 años con los caracteres requeridos. La sentencia apelada se mantiene en todos sus términos y las costas de la apelación se imponen a la parte actora.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: