MARCHIONI LUCIANO TOBIAS C/ BOICHUK RUBEN DARIO S/ DAÑOS Y PERJ. AUTOM. S/LESIONES (EXC. ESTADO)
La sentencia homologó un acuerdo y reguló honorarios en un juicio por daños y perjuicios por accidente automovilístico. La resolución aprobó la suma de $3.700.000 y fijó honorarios profesionales, honorarios de mediador y sanciones por incumplimiento, fundamentando la proporcionalidad y la normativa vigente en honorarios y honorarios de mediadores.
El actor, Luciano Tobias Marchioni, demanda a Ruben Dario Boichuk por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito, reclamando una suma de $3.700.000 en concepto de indemnización. La sentencia homologó el acuerdo alcanzado por las partes, estableciendo la suma mencionada con costas a cargo de la parte en garantía. Además, se regulan los honorarios profesionales del Dr. Leonardo Rodrigo García Lanza en $740.000, más aportes previsionales del 10% y IVA del 21%, y los honorarios del Dr. Pablo Julián Stifman en equivalente a 9 IUS arancelarios, con adicional de aportes y IVA. Se destaca que la regulación de honorarios se realizó en función de los principios de proporcionalidad, importancia del trabajo y retribución justa, considerando la normativa vigente y precedentes jurisprudenciales. Se intimó a la parte citada en garantía a integrar tasa y sobretasa de justicia en los plazos legales y se ordenó la apertura de cuenta en el Banco de la Provincia de Buenos Aires. La notificación de la resolución se realizó electrónicamente en conformidad con la ley y se advirtieron las formalidades para la notificación de honorarios.
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