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BENEDITO EDUARDO C/ OSECAC (OBRA SOCIAL DE LOS EMPLEADOS DE COMERCIO Y ACTIVIDADES CI S/ DAÑOS Y PERJ. INCUMP. CONTRACTUAL (EXC. ESTADO)

La Cámara modificó parcialmente la sentencia que condenó a OSECAC por daños derivados de un accidente doméstico; ajustando la condena por daño emergente y el cálculo de intereses, y declaró la inconstitucionalidad sobrevenida del art. 7 de la ley 23.928 en materia de actualización monetaria.

Dano moral Intereses Danos y perjuicios Recurso de apelacion Actualizacion monetaria Dano emergente Inconstitucionalidad Mora Multa civil Ley 23.928

El actor, Eduardo Benedito, demanda a OSECAC por daños y perjuicios tras sufrir un accidente en su domicilio, específicamente por gastos en prótesis que no fueron cubiertos oportunamente por la obra social. La sentencia de primera instancia condenó a OSECAC a pagar $251.800 más intereses, incluyendo el costo de prótesis de $51.800. La sentencia fue apelada solo por el actor, quien cuestionó el monto del daño emergente, la multa civil, los intereses y el daño moral. La Cámara analizó cada agravio, concluyendo que la fecha de mora no fue 01/10/2017, sino 12/02/2019, por lo que rechazó la demanda de daños y perjuicios por mora desde la primera fecha y ajustó la actualización del monto de la condena, declarando la inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928 y estableciendo un reajuste conforme a índices oficiales. Además, desestimó la aplicación de multas civiles y daño punitivo, por no haber sido solicitados en primera instancia y por falta de fundamentación en la demanda. Finalmente, confirmó la suma por daño moral, considerando que la prueba psicológica no evidenció daño psíquico relevante. Las costas de alzada se impusieron en el orden causado.

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