C.M.A. S/ DETERMINACION CAPACIDAD JURIDICA
La sentencia revisa y modifica la declaración de incapacidad previa, estableciendo un sistema de apoyo ajustado a la voluntad y necesidades del titular, en línea con la normativa vigente y principios de autonomía y derechos de las personas con discapacidad.
La jueza del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 4 de Mar del Plata revisó la sentencia dictada en 2002 que declaraba la incapacidad de C. M. A., y en base a la evolución de su situación personal, el informe interdisciplinario, y las manifestaciones del propio interesado, decidió modificar la restricción de capacidad jurídica. La resolución destaca que la persona se encuentra adecuadamente insertada en un sistema de apoyo que respeta su autonomía y voluntad, y que la intervención judicial debe ajustarse a los principios del CCCN y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. La autoridad judicial sostuvo que "el abordaje de tu actualidad fue efectuado de manera interdisciplinaria... y ha contado con la asistencia letrada correspondiente... hemos cumplido con la vital inmediación que nutre en todas sus letras el texto de la presente resolución cuya única finalidad es diseñar el mejor andamiaje para vos". Asimismo, se resaltó que "la figura de apoyo es de asistencia y no representación", y que en los actos de disposición patrimonial y procesal, el apoyo cuenta con facultades específicas de representación. La decisión se fundamenta en que la persona manifiesta su voluntad y realiza actividades cotidianas con autonomía, y que su entorno familiar y social le brinda contención. La resolución cumple con los artículos del CCCN, la Constitución Nacional, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, y jurisprudencia relevante, y concluye que en este momento corresponde mantener la restricción de capacidad jurídica, pero ajustando el sistema de apoyo a sus necesidades actuales.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: