INSUA PAULA GABRIELA C/ MAROTTA HERIBERTO MARIO Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.RESP.PROFESIONAL (EXCLUIDO ESTADO)
La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda por daños y perjuicios contra los demandados. La decisión se fundamenta en que la prueba pericial descartó responsabilidad médica, y los agravios por consentimiento informado y documentación incompleta no lograron desvirtuar la prueba concluyente de la absolución.
Insua Paula Gabriela demanda a Heriberto Marotta, Clínica Santa Lucia y la aseguradora Noble Compañía de Seguros S.A., reclamando indemnización por daños y perjuicios derivados de una intervención ocular. La sentencia de primera instancia, dictada el 21/12/2023, rechazó la demanda por considerar que no se probó la culpa o negligencia de los demandados y que la actuación médica fue adecuada. La actora interpuso recurso de apelación alegando omisiones en el consentimiento informado, documentación incompleta, carga probatoria y costas. La Cámara, analizando los agravios, concluyó que no se acreditó responsabilidad y que los argumentos invocados no modifican la valoración probatoria. Además, se recordó que la historia clínica defectuosa no constituye por sí sola responsabilidad autonoma, y que la pericia médica descartó la existencia de secuelas o daños atribuibles a la actuación médica. Se destacó que el consentimiento informado fue otorgado, y que la relación de consumo justifica la aplicación de la Ley 24.240. Por todo ello, se confirmó la sentencia de primera instancia y se impusieron las costas de alzada a la parte actora, por ser vencida.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: