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SANDOVAL JUAN CARLOS Y OTROS C/ NUÑEZ NESTOR ALDRIN Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Quilmes revoca parcialmente la sentencia de primera instancia y rechaza la demanda por daños y perjuicios, confirmando la responsabilidad del conductor del vehículo particular y la responsabilidad compartida en un 50% entre las partes, fundamentado en la conducta negligente del actor y la falta de precaución del conductor del colectivo.

La parte actora demanda por daños y perjuicios a raíz de un accidente ocurrido el 19/12/2020, en el que el vehículo Citroen de Juan Carlos Sandoval fue embestido por un colectivo de la línea 324, en un cruce donde la señalización y el semáforo estaban en duda, y se reclama una indemnización total de $13.280.000,00. La sentencia de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda, atribuyendo responsabilidad conjunta del 50% a cada parte, y condenando a los demandados a pagar la suma indemnizatoria, más intereses, y rechazando el planteo de inconstitucionalidad de la ley 25.429. La Cámara revisora confirma la atribución de responsabilidad compartida, considerando que la conducta del actor al intentar cruzar en un lugar con semáforo intermitente y posible disfunción, sumada a la negligencia del conductor del colectivo, justifican la responsabilidad en partes iguales. En cuanto a los agravios sobre la cuantía indemnizatoria, la Cámara ajusta los montos, elevando las sumas por incapacidad física y daño moral, y aplicando la tasa de interés del 6% anual desde el hecho, con actualización por IPC. Además, rechaza el recurso de la parte actora respecto a la oponibilidad de la franquicia del seguro y las costas son impuestas a la parte actora por ser vencida. FUNDAMENTOS PRINCIPALES:
- La responsabilidad objetiva en accidentes de tránsito, conforme a los arts. 1757, 1758 y 1769 del CCCN, implica que la culpa no es elemento imprescindible; basta la existencia del riesgo y la relación de causalidad.
- La prueba del estado del semáforo, las condiciones de tránsito y la conducta de los conductores, en especial la negligencia del actor al intentar cruzar sin verificar la situación del tránsito, fundamentan la atribución de responsabilidad en partes iguales.
- La valoración de las lesiones y daños debe ajustarse a los principios de reparación integral, considerando la edad, profesión, situación socioeconómica y las circunstancias particulares de los actores. La actualización del monto indemnizatorio se realiza con

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