GARCIA CARLOS ANDRES S/ QUIEBRA(PEQUEÑA) -FP-
El tribunal declaró la quiebra de un consumidor por sobreendeudamiento. La decisión se fundamentó en que el deudor evidenció una situación de cesación de pagos y sobreendeudamiento, sin indicios de conducta abusiva ni fraude, y cumplió con los requisitos legales para la declaración.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Carlos Andres Garcia, demanda la declaración de quiebra de su propio estado por sobreendeudamiento debido a dificultades para afrontar sus obligaciones crediticias derivadas de créditos de consumo y refinanciaciones, que lo han llevado a una situación de cesación de pagos. La demanda se basa en que, a partir del 12 de marzo de 2024, el deudor se encuentra en estado de cesación de pagos, evidenciado por su incapacidad para cumplir con sus obligaciones y la acumulación de créditos con tasas elevadas, figurar en registros de morosos y en procesos judiciales por cobro de deudas. El tribunal analizó la situación patrimonial y económica del solicitante, constatando que su salario, que asciende a $1.465.417,07 bruto y $784.136,74 neto, resulta insuficiente para cubrir sus obligaciones, y que las deudas superan ampliamente su capacidad de pago, configurando un estado de sobreendeudamiento y cesación de pagos. La declaración se fundamenta en que el proceso cumple con los requisitos legales del art. 1 y 11 de la Ley 24.522, no mediano indicio de conducta fraudulenta o abuso, y que la situación de insolvencia es efectiva y comprobada. Se dispuso además la inhibición general de bienes, embargos y medidas precautorias, en atención a la ley de quiebras, y la declaración de la pequeña quiebra de consumidor, permitiendo al deudor mantener su fuente laboral y limitar las retenciones a un 20% de sus ingresos. La resolución también ordenó diversas medidas de publicación, notificación a acreedores y registros, y la designación de un síndico para la administración del proceso concursal.
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