GARCIA CARLOS ANDRES S/ QUIEBRA(PEQUEÑA) -FP-
El tribunal declaró la quiebra de un consumidor por sobreendeudamiento. La decisión se fundamentó en que el deudor evidenció una situación de cesación de pagos y sobreendeudamiento, sin indicios de conducta abusiva ni fraude, y cumplió con los requisitos legales para la declaración.
El actor, Carlos Andres Garcia, demanda la declaración de quiebra de su propio estado por sobreendeudamiento debido a dificultades para afrontar sus obligaciones crediticias derivadas de créditos de consumo y refinanciaciones, que lo han llevado a una situación de cesación de pagos. La demanda se basa en que, a partir del 12 de marzo de 2024, el deudor se encuentra en estado de cesación de pagos, evidenciado por su incapacidad para cumplir con sus obligaciones y la acumulación de créditos con tasas elevadas, figurar en registros de morosos y en procesos judiciales por cobro de deudas. El tribunal analizó la situación patrimonial y económica del solicitante, constatando que su salario, que asciende a $1.465.417,07 bruto y $784.136,74 neto, resulta insuficiente para cubrir sus obligaciones, y que las deudas superan ampliamente su capacidad de pago, configurando un estado de sobreendeudamiento y cesación de pagos. La declaración se fundamenta en que el proceso cumple con los requisitos legales del art. 1 y 11 de la Ley 24.522, no mediano indicio de conducta fraudulenta o abuso, y que la situación de insolvencia es efectiva y comprobada. Se dispuso además la inhibición general de bienes, embargos y medidas precautorias, en atención a la ley de quiebras, y la declaración de la pequeña quiebra de consumidor, permitiendo al deudor mantener su fuente laboral y limitar las retenciones a un 20% de sus ingresos. La resolución también ordenó diversas medidas de publicación, notificación a acreedores y registros, y la designación de un síndico para la administración del proceso concursal.
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