VEGA RICARDO MAXIMILIANO S/ QUIEBRA(PEQUEÑA) -MP-
La sentencia declara la quiebra de Ricardo Maximiliano Vega, en la modalidad de pequeña quiebra de consumidor, por estado de sobreendeudamiento y cesación de pagos. La resolución ordena medidas precautorias, la inhibición general de bienes y la realización del patrimonio del deudor para garantizar la satisfacción de los créditos.
El tribunal analiza la solicitud de autoquiebra presentada por Ricardo Vega, quien afirma encontrarse en estado de insolvencia debido a un sobreendeudamiento derivado de créditos de consumo y refinanciaciones, que impiden su pago regular y generan incumplimientos en sus obligaciones financieras. Se destaca que la ley 24.522 permite la declaración de quiebra a personas humanas en situación de sobreendeudamiento, siempre que se acrediten los requisitos legales y la situación de cesación de pagos. En este caso, el deudor presenta pruebas de sus ingresos, gastos, deudas y registros en sistemas crediticios, evidenciando un estado de insolvencia prolongada que justifica la declaración de quiebra. La sentencia enfatiza que el sobreendeudamiento no implica necesariamente conducta maliciosa, sino una situación de imposibilidad de pago, y que el proceso busca la protección del deudor y la satisfacción de los créditos. Se contemplan medidas de inhibición, embargos, intervención de la correspondencia, prohibición de salida del país, realización de bienes y publicación edictal, todo en línea con la normativa vigente. La resolución concluye que la declaración de quiebra es procedente, dado que no hay indicios de uso abusivo del sistema y que la situación cumple con los presupuestos legales.
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