NOSTI SRL C/ MENDOLARO MAXIMILIANO LUIS S/ PREPARA VIA EJECUTIVA
La sentencia ordena el cumplimiento de la ejecución y el embargo preventivo sobre los haberes del demandado, además de regular los intereses y costas del proceso. La decisión se fundamenta en la existencia de una deuda líquida y exigible, y en la jurisprudencia que limita los intereses punitorios y compensatorios para evitar abusos.
- La parte actora, NOSTI SRL, demanda a MENDOLARO MAXIMILIANO LUIS en una ejecución por una suma de $31.824,00, determinada por la falta de pago y la mora desde el 01/08/2017.
- El tribunal ordena llevar adelante la ejecución, estableciendo que el demandado deberá pagar la suma en la calle Zola Emilio 6324, Eugenio de Necochea, Pdo. de San Martín, en fecha 16/04/25, en caso de incumplimiento.
- Se establece que los intereses deben limitarse a los percibidos por el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones ordinarias, en consonancia con la jurisprudencia que prohíbe el cobro de intereses que superen los límites de moral y buenas costumbres.
- Además, se dicta el embargo preventivo sobre los haberes del demandado en la empresa donde trabaja, hasta cubrir la suma reclamada, y se ordena que la empleadora depositará dichas sumas en la cuenta judicial correspondiente.
- La sentencia también regula aspectos de notificación electrónica y diligenciamiento digital de los oficios judiciales, asegurando la eficiencia en la comunicación y cumplimiento.
- Se imponen las costas del juicio a la parte demandada y se difiere la regulación de honorarios para oportuno momento.
- La parte demandada se constituye en domicilio procesal en los estrados del juzgado.
- La resolución se fundamenta en la existencia de una obligación líquida y exigible, y en la jurisprudencia que limita los intereses moratorios para evitar abusos, citando precedentes de la Cámara.
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