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DURANDO ELVIO ELEAZAR Y OTRO/A S/ SUCESION AB-INTESTATO

La sentencia declara en sucesión ab-infantato a las hijas del fallecido y a su cónyuge, tras acreditar los fallecimientos y el matrimonio, en base a la documentación presentada. La resolución reconoce el derecho hereditario y ordena su registro, fundamentada en los artículos del Código Civil y del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

Fallecimiento Matrimonio Herederos Declaracion de herederos Documentos probatorios Sucesion ab-infantato 3565 Sucesion testamentaria. Articulos 3410 3545 3570 del codigo civil Registro de herederos Articulos 735 y 737 del c.p.c.c.

La sentencia fue dictada por la jueza Débora Elena Lelkes en el expediente MO-8270-2025, en respuesta a la solicitud presentada por el Dr. Dominguez. La parte actora solicita la declaración de herederos en la sucesión ab-infantato de DURANDO ELVIO ELEAZAR y ALAIMO Marta Nilda Maria. La resolución se basa en la prueba documental que acredita los fallecimientos de los causantes, el matrimonio entre ellos y el nacimiento de sus hijas. La jueza dispuso que, por el fallecimiento de DURANDO ELVIO ELEAZAR, le suceden en carácter de herederas sus hijas GABRIELA ELISA y ANA MARIEL DURANDO, así como su cónyuge ALAIMO Marta Nilda Maria, en cuanto a sus bienes propios. Asimismo, por la muerte de ALAIMO Marta Nilda Maria, le suceden en herencia sus hijas en iguales términos. La decisión se funda en los artículos 3410, 3545, 3565 y 3570 del Código Civil, y en los artículos 735 y 737 del Código Procesal Civil y Comercial, y fue adoptada en conformidad con la documentación probatoria y la normativa aplicable.

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