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ALVAREZ, GLADYS NOEMI S/SUCESION AB-INTESTATO (INFOREC 970)

La sentencia declara la sucesión ab intestato de ALVAREZ GLADYS NOEMI a favor de sus hijos y cónyuge tras acreditar su fallecimiento y la existencia de herederos. La resolución ordena el registro de la sucesión conforme a la ley, tras verificar publicaciones edictales y documentos probatorios.

Prueba documental Fallecimiento Sucesion ab intestato Herederos Bienes propios y gananciales Partida de nacimiento Publicacion edictal Justicia provincial Acta de matrimonio Ley 2434

La sentencia fue dictada por la jueza Débora Elena Lelkes, en autos por la sucesión ab intestato de ALVAREZ GLADYS NOEMI. La actora, en este caso, la parte solicitante, acredita mediante certificados y partidas de nacimiento el fallecimiento de la causante ocurrido el 19/02/2025, así como su matrimonio con MIGUEL ANGEL ZABALA y la descendencia con sus hijos. La publicación edictal requerida por el artículo 734, inciso 2 del C.P.C.C. fue realizada y se informa que el resultado fue negativo, sin oposición o reclamos posteriores. La jueza declara en cuanto a lugar, que en virtud del fallecimiento de ALVAREZ GLADYS NOEMI, le suceden en carácter de herederos universales sus hijos y su cónyuge, en los términos del artículo 2424, 426 y 2433 del CCCN, y los artículos 735 y 737 del C.P.C.C. La sentencia ordena el registro de la sucesión, sin perjuicio de derechos de terceros y con mención a la posibilidad de heredar bienes propios y gananciales. La resolución se fundamenta en la prueba documental y en el cumplimiento de los requisitos legales para la apertura de la sucesión ab intestato, señalando que "por derecho" y "sin perjuicio de terceros" se reconoce la condición de heredero a los mencionados.

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