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JOGA COLLECTIONS SRL C/ CAÑETE RUBEN ADOLFO S/ COBRO EJECUTIVO

El tribunal declaró extinta la acción de cobro ejecutivo contra Ruben Adolfo Cañete por desistimiento de la parte actora, reguló los honorarios profesionales en favor del Dr. Denis Damian Turnes y dispuso el pago de los mismos de acuerdo a la ley de honorarios, considerando la suma de $22.000 y el resultado del proceso.

Regulacion de honorarios Desistimiento Honorarios profesionales Base regulatoria Morosidad Cobro ejecutivo Ley 14.967 Notificacion de honorarios Extincion de accion "jus"

La parte actora, Joga Collections SRL, presentó un desistimiento del proceso ejecutivo contra Ruben Adolfo Cañete, y el tribunal lo aceptó, declarando extinguida la acción en virtud del art. 304 y 305 del C.P.C.C. La jueza destacó que, en función del desistimiento, se procederá a la regulación de honorarios profesionales, considerando la base regulatoria de $22.000, monto reclamado en la ejecución. La regulación se realizó en base a la naturaleza del trabajo, la importancia y mérito de las tareas cumplidas, siguiendo los arts. 2, 9, 12, 13, 14, 16, 21, 23, 24, 26 y cctes. de la ley arancelaria, y considerando además el valor del "Jus" fijado por la SCJBA. La suma regulada para los honorarios del Dr. Turnes es un "Jus", más el 10% adicional y el IVA si corresponde. La jueza también citó el art. 54 de la ley de honorarios 14.967, que regula la notificación y pago de honorarios, estableciendo que los honorarios deben abonarse dentro de los diez días de firmeza del auto regulatorio, y que en caso de mora, el profesional puede optar por reclamar en unidades "Jus" con interés del 12% anual o en moneda de curso legal con los intereses del art. 552 del CCCN.

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