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M. M. L. Y OTRO/A S/ SUCESION AB-INTESTATO

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Olavarría declara inadmisible el recurso de revocatoria in extremis contra la sentencia definitiva de 27/5/2025 en la causa sucesoria ab-intestato. La decisión se fundamenta en que el recurso no presenta error grave ni evidente que justifique su corrección, y que la vía adecuada para cuestionar la sentencia es el recurso extraordinario, no la revocatoria.

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La recurrente, Paola Karina Galletta, interpuso recurso de revocatoria "in extremis" contra la sentencia del 27/5/2025, alegando que la resolución constituye una sanción desproporcionada, que no fue llamada a expresar agravios y que contradice pronunciamientos anteriores del mismo Tribunal. El Tribunal explicó que la revocatoria "in extremis" es un recurso reservado para yerros judiciales groseros y evidentes que generan una grave injusticia y que no puedan corregirse mediante otros recursos, señalando que en el expediente llegó un recurso de apelación en subsidio, que fue presentado en tiempo y forma, y que este recurso llegó fundado y contestado. El Tribunal concluyó que no existen errores graves en la sentencia recurrida y que la vía adecuada para modificarla es el recurso extraordinario, por lo que la revocatoria debe ser inadmitida. La decisión fue ratificada por la Dra. Longobardi en su adhesión.

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