M. M. L. Y OTRO/A S/ SUCESION AB-INTESTATO
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Olavarría declara inadmisible el recurso de revocatoria in extremis contra la sentencia definitiva de 27/5/2025 en la causa sucesoria ab-intestato. La decisión se fundamenta en que el recurso no presenta error grave ni evidente que justifique su corrección, y que la vía adecuada para cuestionar la sentencia es el recurso extraordinario, no la revocatoria.
La recurrente, Paola Karina Galletta, interpuso recurso de revocatoria "in extremis" contra la sentencia del 27/5/2025, alegando que la resolución constituye una sanción desproporcionada, que no fue llamada a expresar agravios y que contradice pronunciamientos anteriores del mismo Tribunal. El Tribunal explicó que la revocatoria "in extremis" es un recurso reservado para yerros judiciales groseros y evidentes que generan una grave injusticia y que no puedan corregirse mediante otros recursos, señalando que en el expediente llegó un recurso de apelación en subsidio, que fue presentado en tiempo y forma, y que este recurso llegó fundado y contestado. El Tribunal concluyó que no existen errores graves en la sentencia recurrida y que la vía adecuada para modificarla es el recurso extraordinario, por lo que la revocatoria debe ser inadmitida. La decisión fue ratificada por la Dra. Longobardi en su adhesión.
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