PAREDES MIGUEL ANGEL C/ GALAN GRACIELA EDITH S/ DESALOJO (EXCEPTO POR FALTA DE PAGO)
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Departamental, Sala II, en la ciudad de Azul, resolvió confirmar la sentencia de primera instancia que ordenó el desalojo del inmueble. La decisión se fundamenta en la nulidad de la gestión procesal de la defensora de la demandada por no haber ratificado la gestión ni acompañado los instrumentos correspondientes, en cumplimiento del artículo 48 del CPCC, considerando la estricta interpretación de la nulidad y la ineficacia automática ante la falta de ratificación en el plazo establecido. La Cámara mantuvo la decisión de declarar la nulidad de lo actuado por la letrada, con costas a la demandada, y diferirá la regulación de honorarios.
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Departamental, Sala II, en la causa "P. M. A. c/ G. G. E. s/ Desalojo", resolvió confirmar la sentencia de primera instancia que ordenó el desalojo del inmueble en Tandil. La demandada interpuso recurso de apelación, pero la Cámara rechazó los agravios por haber sido dictada la nulidad de lo actuado por la defensora de la demandada debido a que no ratificó la gestión ni acompañó los instrumentos correspondientes dentro del plazo legal. El tribunal resaltó que la nulidad del art. 48 del CPCC es de carácter automático y no susceptible de convalidación, por lo que decidió mantener la nulidad y el fallo de primera instancia, con costas a la parte demandada. La resolución se fundamentó en la estricta interpretación del art. 48 del CPCC, citando jurisprudencia y doctrina, y en la importancia de respetar los plazos procesales para la ratificación. Además, se dejó pendiente la regulación de honorarios para posterior oportunidad.
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