GOMEZ LEANDRO NICOLAS Y OTRO/A C/ VEGA VERDUGA GABRIEL CESAR Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La Cámara Corrige un error en la sentencia definitiva respecto de la imposición de costas, aclarando que los demandados son en realidad los actores.
La sentencia dictada el 14/05/2025 en el expediente 88654, que tramita ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 3, contenía un error en el apartado II del fallo, donde se indicaba que las costas se imponían a los demandados. La corrección solicitada se basa en que, en realidad, el apartado II del fallo debe dejar constancia que las costas deben imponerse a los actores, no a los demandados. La resolución del incidente fue rechazada, ya que el juez consideró que la corrección del error en la sentencia era procedente y que no afectaba el fondo del asunto. La corrección fue realizada en virtud del artículo 36 inciso 3 del Código Procesal y en cumplimiento del artículo 135 del Código Procesal y Acuerdo 4039. Fundamentos principales: "Atento ello, y conforme lo dispuesto en el considerando V de la sentencia, rectifíquese el apartado II del fallo de la mencionada sentencia, dejando constancia que donde dice demandados, deberá leerse actores." "Firme el presente se proveerá lo demás solicitado con relación a elevación solicitada." El juez consideró que la corrección en la sentencia era necesaria para esclarecer la correcta imposición de costas, rectificando un error material en el fallo original. La resolución se fundamenta en el poder de rectificación que otorgan los artículos 36 inciso 3 y 135 del Código Procesal, y en la normativa complementaria del Acuerdo 4039.
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