ALVAREZ LEANDRO MARTIN C/ BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES S.A.U. S/ CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS CIVILES/COMERCIALES
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Quilmes confirma la sentencia que rechazó la demanda de Alvarez contra el Banco por incumplimiento contractual y retención indebida, considerando que la prueba demuestra que el banco no está en condiciones de devolver fondos y actuó diligentemente en la gestión de la transferencia.
Leandro Martín Alvarez demanda al Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.U. por retención indebida de fondos y cumplimiento de contrato, reclamando la restitución de U$S 19.471,13 y daños por cierre injustificado de la cuenta. La sentencia de grado rechazó la demanda, fundamentando que el banco no posee en su poder los fondos transferidos y que actuó con diligencia para intentar recuperar los fondos, habiendo probado la inexistencia de responsabilidad del banco. La prueba pericial contable ratificó que los fondos no están en poder del banco, y la actividad del actor se enmarca en relación comercial, excluyendo la aplicación de la ley 24.240 de defensa del consumidor. La Cámara confirma la decisión de primera instancia, destacando que el actor no logró demostrar que el banco tuviera en su poder los fondos reclamados ni que su actividad fuera de consumo. La responsabilidad del banco se encuentra limitada por la prueba de que actuó diligentemente y que la transferencia ya había sido cumplida y cancelada, por lo que el daño no puede atribuirse a su actividad. La sentencia también tomó en cuenta que la actuación en la causa se ajustó a la carga probatoria dinámica prevista en el ordenamiento.
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