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RAMUNDO MARIA SOLEDAD C/ ANTARTIDA COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS SA S/ CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS CIVILES/COMERCIALES

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial Mar del Plata rechaza la solicitud de aclaratoria interpuesta por la parte demandada y confirma la decisión previa, interpretando que la sentencia está suficientemente clara y que la aclaratoria no puede alterar la voluntad de la resolución original.

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La demandante, Ramundo María Soledad, promovió una acción por incumplimiento contractual y daños y perjuicios contra la aseguradora Antártida Compañía Argentina de Seguros S.A. La sentencia del 25/3/2025 hizo lugar a la demanda, estableciendo el mecanismo para actualizar el límite de cobertura en caso de que no puedan aplicarse los topes de la Superintendencia de Seguros de la Nación. La parte demandada interpuso recurso de aclaratoria, solicitando que se precise si la sentencia se refería a la medida del seguro en relación a los topes. La Cámara, tras analizar los argumentos, resolvió que la sentencia es suficientemente clara y que la aclaratoria no puede modificar la voluntad de la misma. El voto mayoritario fue por la negativa a la aclaratoria, confirmando la decisión anterior y rechazando el recurso de aclaración. Los jueces fundamentaron que la sentencia explica de modo preciso el mecanismo para determinar la cobertura cuando los topes no sean aplicables, y que el remedio procesal no puede alterar sustancialmente la decisión.

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