D´AMATO PABLO GASTON C/ ESPOSITO JUAN Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJUICIOS
La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Familia de Lomas de Zamora confirma la declaración de caducidad de instancia dictada por el juez de primera instancia en un proceso por daños y perjuicios. La decisión se fundamenta en la inactividad procesal del actor, en cumplimiento del artículo 310 del CPCC y las normas de caducidad, al considerar que la parte no cumplió con el plazo para impulsar el trámite.
La parte actora, Pablo Gastón D´Amato, interpuso recurso de apelación contra la sentencia que decretó la caducidad de instancia, basada en la inacción procesal del actor desde el último acto impulsorio, ocurrido el 22/07/22. La Cámara analizó los agravios y concluyó que la inactividad, que se produjo tras una intimación previa del 30/09/22, cumplía con los requisitos del artículo 310 del CPCC, y que el plazo para impulsar la causa había expirado. Los jueces sostuvieron que la normativa procesal vigente establece que, tras la intimación y el plazo de cinco días para manifestar intención de continuar, si no se realiza actividad útil, puede declararse la caducidad. La Cámara ratificó la sentencia de primera instancia, señalando que no se evidencian motivos para apartarse de la interpretación del juez de grado. La decisión se fundamenta en que la inacción del actor cumple con los requisitos legales para la declaración de caducidad, y que los agravios no logran desvirtuar dicha conclusión.
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