NALDO LOMBARDI S.A. C/ RECOFSKI DEBORA GISELE S/ COBRO EJECUTIVO
La sentencia ordena la ejecución de pago contra Recofski Debora Gisele por el capital de $278.719,89, con intereses moratorios desde el 13/01/2024 y costos procesales. La Cámara resolvió la validez del título ejecutivo y la procedencia de la acción en base a la normativa vigente, priorizando la protección del consumidor y la legalidad del proceso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Naldo Lombardi S.A., demanda a Recofski Debora Gisele por una ejecución de pago basada en pagarés que suman un total de $278.719,89, correspondientes a una obligación de crédito incumplida. La sentencia confirma la validez del título ejecutivo, ordenando la ejecución hasta que la ejecutada pague el monto debido, incluyendo intereses moratorios desde el 13/01/2024 y costas del proceso. El tribunal analizó la normativa del art. 36 de la Ley de Defensa del Consumidor (LDC), enfatizando que la insuficiencia o contradicción en la información brindada en los documentos no inhabilita automáticamente la vía ejecutiva, sino que el juez debe resolver en favor del consumidor si existen dudas o defectos en la documentación, aplicando un criterio de flexibilización y en protección del deudor. Se destaca que la información debe ser interpretada en favor del consumidor, y que la omisión de datos, como la tasa de interés efectiva anual, puede ajustarse a tasas pasivas del Banco Central. Además, la sentencia señala que los intereses deben calcularse sin capitalizar los devengados, evitándose el anatocismo, y que los intereses moratorios se liquidarán desde la mora, con facultad del juez de morigerarlos si resultan abusivos. La ejecución se mantiene vigente, con regulación futura de honorarios y notificación personal a la ejecutada en su domicilio constituido.
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