"P., E. S/ ABRIGO"
La Cámara de Apelaciones en lo Civil de Olavarría confirmó la declaración de adoptabilidad del niño E. P. y suspendió provisionalmente el régimen de comunicación con la madre, considerando que la situación de vulnerabilidad y riesgo para el menor justifica la medida y que no se observaron cambios favorables en la situación familiar de origen.
El proceso judicial se inició por denuncia de violencia familiar y vulneración de derechos del niño E. P., de 9 años, en contexto de violencia y desprotección en el ámbito familiar. La intervención del Estado mediante medidas de abrigo y seguimiento interdisciplinario se realizó desde 2018, sin éxito en la restitución a la familia biológica. La progenitora, B. A. P., no compareció ni participó activamente en las instancias del proceso, a pesar de ser debidamente notificada, y su conducta fue marcada por incumplimiento de medidas, contradicciones y abandono del contacto con su hijo, lo que afectó negativamente el desarrollo emocional del niño. Los informes periciales y el seguimiento institucional concluyeron que la vulnerabilidad del menor persiste y que las circunstancias no permiten su retorno a la familia de origen. La declaración de adoptabilidad fue fundada en que las causas que motivaron la protección no se lograron revertir en el plazo establecido, y que la situación de riesgo para el niño continúa vigente. La apelante argumentó que existían condiciones favorables para la restitución, pero la Cámara consideró que la evidencia y los informes técnicos avalan la decisión de declarar la situación de adoptabilidad y suspender el régimen de comunicación, en protección del interés superior del niño.
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