ENRIQUEZ GENARO C/ SATUS AGER S.A. S/COBRO SUMARIO DE SUMAS DE DINERO ( EXCEPTO ALQUILERES)
Homologación del acuerdo y regulación de honorarios en proceso de cobro sumario de dinero. La sentencia homologó en todas sus partes el acuerdo alcanzado, estableció honorarios a cargo de la parte demandada y reguló los honorarios de la mediadora, además de ordenar la liquidación de la tasa de justicia y las costas.
El juez Ramiro Ricardo Guerrico homologó en todas sus partes el acuerdo de partes en un proceso de cobro sumario de dinero entre Enriquez Genaro y Satus Ager S.A., en virtud del convenio de partes adjuntado en fecha 29/05/2025. La decisión incluyó la regulación de honorarios a los profesionales intervinientes, en la suma de veinticuatro con 57/100 (24,57) jus de unidad arancelaria para cada uno, más el 10% por contribución previsional y el IVA correspondiente. Además, se reguló el honorario de la mediadora Dra. Verónica Fernanda Góngora, por su labor en la etapa previa, en veinte con 87/100 (20,87) jus de unidad arancelaria, más los porcentajes de ley. La liquidación de la tasa de justicia se practicó en la suma de $220.000, y se intimó a los obligados a pagar la suma de $65.813,80 en concepto de costas, con un plazo de cinco días para su pago, bajo apercibimiento. Se ordenó además la apertura de una cuenta judicial y la remisión de copias digitales de la sentencia. La resolución se fundamenta en la ley 14.967, en particular en las disposiciones relacionadas con la regulación de honorarios y costas, y en los arts. 308 del C.P.C.C. y 1643 del C.C.C.N., concluyendo que la homologación y regulación cumplen con los requisitos legales y procesales.
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