CFN SA C/ MUÑOZ OSCAR HUGO S/ COBRO EJECUTIVO
La sentencia ordena la ejecución de un pagaré sin protesto por la suma de $166.309,20, con intereses y embargos precautorios, y confirma la validez del proceso y la condena al demandado a pagar. La resolución fundamenta la validez de los intereses, el gravamen del IVA, y la procedencia del embargo sobre salarios.
Quién demanda: CFN S.A.
¿A quién se demanda?
OSCAR HUGO MUÑOZ
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pago de capital ($166.309,20), intereses y costas de la ejecución, y embargo sobre salarios.
¿Qué se resolvió?
Se ordena la ejecución del pagaré, condenando al demandado a pagar la suma de $166.309,20 más intereses, y se dispone el embargo en la proporción legal sobre sus haberes en su trabajo en Distribuidora Comersur S.A. hasta cubrir $300.000. La causa también determina que los intereses se calcularán conforme a lo pactado y que el IVA será abonado por el demandado, en virtud de la ley aplicable.
Fundamentos principales de la decisión:
- La mora se configura desde el 05-08-2022, por tratarse de un pagaré sin protesto, en virtud del art. 116 y 155 C.P.C.C.
- Los intereses se calcularán desde la mora y conforme al tope de dos veces la tasa activa, según resolución de la Cámara Primera Departamental, sin afectar la liquidación futura.
- En relación con el IVA, los servicios financieros están gravados, y el órgano recaudador debe ser responsable del pago de dicho impuesto, correspondiendo condenar a la demandada a su pago.
- La sentencia ordena el remate y la ejecución hasta cubrir la suma reclamada, con costas, y regula los honorarios una vez liquidada la misma.
- Se dispone además un embargo precautorio sobre los haberes del demandado en su empleo, con instrucciones específicas para su cumplimiento y comunicación en caso de desvinculación laboral.
- Se ordena la constitución del domicilio procesal en los estrados del Juzgado, por no haberlo denunciado dentro del plazo legal.
- Se libran oficios electrónicos para la apertura de cuenta en el banco y el cumplimiento de la medida cautelar de embargo.
- La resolución fundamenta en la normativa del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires, en particular arts. 116, 155, 540, 549, 770, 771, y 804, además de resoluciones de la Cámara Primera Departamental.
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