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ELECTRONICA MEGATONE SRL C/ VITALI MARIANO FACUNDO S/ COBRO EJECUTIVO

La sentencia ordena la ejecución de pago de $160.759,18 por pagarés sin protesto, con actualización e intereses según doctrina legal, rechazando excepciones y confirmando la procedencia de la acción. Se consideró la inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928 y se aplicó el IPC para la actualización.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Electronica Megatone S.R.L., demanda al demandado, Mariano Facundo Vitali, por la suma de $160.759,18, mediante la ejecución de pagarés sin protesto fechados en diciembre de 2022 y octubre de 2021, vencidos en febrero y abril de 2023 respectivamente. La parte ejecutada no opuso excepciones legítimas ni ofreció bienes a embargo, por lo que se la declaró en mora y se dispuso la ejecución. La sentencia considera procedente la acción, dado que la mora se configura desde los vencimientos, y desestima la inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928, argumentando que dicho artículo viola principios constitucionales al impedir la actualización de obligaciones dinerarias en un contexto inflacionario. Se establece que, en línea con la doctrina "Barrios", se aplicará un sistema de actualización del capital con el IPC del INDEC desde la fecha de mora hasta el pago efectivo, además de los intereses del 6%. Se condena al demandado al pago del capital, intereses, IVA y costas. La regulación de honorarios se diferirá hasta la firmeza de la liquidación.

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