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EDESUR S.A. C/ GALEANO BENITO S/ COBRO EJECUTIVO

El expediente de cobro ejecutivo contra GLEANO BENITO S/A fue declarado concluido. La resolución dispuso el cierre del proceso y la regulación de honorarios profesionales del abogado de Edesur S.A., estableciendo su monto en $38.381, con la adición del porcentaje legal y las condiciones para su pago, fundamentándose en el art. 308 y 73 del CPCC, y en la Ley 6716 y Ley 14967.

Regulacion de honorarios Honorarios profesionales Cobro ejecutivo Sentencia. Costos procesales Ley 6716 Ley 14967 Conclusion del proceso Notificacion de honorarios Cese de causas

¿Qué se resolvió en el fallo?

La sentencia fue dictada en un proceso de cobro ejecutivo iniciado por EDESUR S.A. contra GLEANO BENITO S/A. El tribunal, tras verificar que cesaron las causas que motivaron la iniciación del proceso, dispuso el cierre del mismo y la regulación de honorarios profesionales del abogado de la actora. La resolución señala que "habiendo cesado las causas que motivaron la iniciación de las presentes, DENSELAS POR CONCLUIDAS", y establece que "las costas serán por su orden". Además, regula los honorarios del abogado de la actora en la suma de $38.381, con la aplicación del porcentaje correspondiente según la Ley 6716. La notificación de honorarios deberá realizarse personalmente, y los honorarios se abonarán en los plazos y condiciones establecidos en la ley, con las tasas e intereses previstos. La decisión se fundamenta en que "habiendo cesado las causas que motivaron la iniciación de las presentes", y en la normativa procesal y de honorarios aplicable, justificando la conclusión del trámite y la regulación del pago de honorarios.

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