EDESUR S.A. C/ GALEANO BENITO S/ COBRO EJECUTIVO
El expediente de cobro ejecutivo contra GLEANO BENITO S/A fue declarado concluido. La resolución dispuso el cierre del proceso y la regulación de honorarios profesionales del abogado de Edesur S.A., estableciendo su monto en $38.381, con la adición del porcentaje legal y las condiciones para su pago, fundamentándose en el art. 308 y 73 del CPCC, y en la Ley 6716 y Ley 14967.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia fue dictada en un proceso de cobro ejecutivo iniciado por EDESUR S.A. contra GLEANO BENITO S/A. El tribunal, tras verificar que cesaron las causas que motivaron la iniciación del proceso, dispuso el cierre del mismo y la regulación de honorarios profesionales del abogado de la actora. La resolución señala que "habiendo cesado las causas que motivaron la iniciación de las presentes, DENSELAS POR CONCLUIDAS", y establece que "las costas serán por su orden". Además, regula los honorarios del abogado de la actora en la suma de $38.381, con la aplicación del porcentaje correspondiente según la Ley 6716. La notificación de honorarios deberá realizarse personalmente, y los honorarios se abonarán en los plazos y condiciones establecidos en la ley, con las tasas e intereses previstos. La decisión se fundamenta en que "habiendo cesado las causas que motivaron la iniciación de las presentes", y en la normativa procesal y de honorarios aplicable, justificando la conclusión del trámite y la regulación del pago de honorarios.
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