EDESUR S.A. C/ PALACIOS MARIANA ELIZABETH S/ COBRO EJECUTIVO
La sentencia pone fin a la causa por cobro ejecutivo entre EDESUR S.A. y Mariana Elizabeth Palacios, declarando el cierre del expediente y regulando honorarios profesionales. La resolución se basa en el cese de las causas que motivaron la acción y establece la forma de pago de honorarios, con énfasis en la validez de las notificaciones y los plazos.
La causa fue iniciada por EDESUR S.A. contra Mariana Elizabeth Palacios en un proceso de cobro ejecutivo. La resolución de la autoridad judicial en la instancia de primera instancia dispuso la conclusión del expediente, dado que "habiendo cesado las causas que motivaron la iniciación de las presentes (Art. 308 CPCC)", se procedió a dar por terminada la causa. La decisión también incluye la regulación de honorarios profesionales a favor del abogado del demandante, Dr. Matías Juan Fischböck, por la suma de $305.265,82, equivalente a 7,95 Jus, y la referencia a la ley de honorarios y su forma de notificación. El juez remarca que "las providencias que regulen honorarios deberán ser notificadas personalmente, por cédula a sus beneficiarios, al mandante o patrocinado y al condenado en costas, si lo hubiere", y que "los honorarios a cargo del mandante o patrocinado quedarán firmes a su respecto si la notificación se hubiere practicado en su domicilio real y a la contraparte en su domicilio constituido". La sentencia refleja que, con el cese de la causa, se da cumplimiento a la normativa procesal y fiscal, estableciendo claramente los montos y los procedimientos para su pago y notificación, sin expresar disidencias o votos particulares.
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