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MARCHIANI GRACIELA ISABEL C/ VIDAL MARIA BELEN Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

El tribunal condenó a los demandados a pagar una indemnización por daños y perjuicios a la actora tras un accidente de tránsito. La decisión se fundamentó en la responsabilidad objetiva por el riesgo de la cosa, rechazando la culpa de la actora y valorando la prueba testimonial y pericial que confirma la responsabilidad del automotor y la daño sufrido.

Accidente de transito Responsabilidad objetiva Dano moral Responsabilidad civil Dano emergente Danos materiales Dano patrimonial Responsabilidad por riesgo de la cosa Responsabilidad del asegurador Responsabilidad del propietario y guardian

¿Qué se resolvió en el fallo?

La accionante, Graciela Isabel Marchiani, demanda a María Belén Vidal y Parana S.A. de Seguros por daños derivados de un accidente ocurrido el 2 de abril de 2021, en el cual sufrió lesiones y daños materiales tras ser atropellada por el vehículo conducido por la primera demandada. La sentencia reconoce la responsabilidad objetiva de los demandados, aplicando las normas del nuevo Código Civil y Comercial que regulan la responsabilidad por el riesgo de la cosa, y concluye que el giro a la izquierda del automotor fue causal del siniestro, sin acreditarse culpa de la víctima. La causa se resolvió condenando a los demandados a pagar la suma de 700.000 pesos, por daño moral, además de los daños materiales que se determinen en la etapa de ejecución de sentencia. Se rechazan los alegatos de culpa exclusiva de la actora y la responsabilidad de la motociclista como embestidora, ya que no fueron acreditados. La sentencia también impone las costas a los demandados vencidos y deja pendiente la regulación de honorarios profesionales.

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