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ACOSTA CACERES MARIA DE LOS ANGELES C/ LOZANO LUIS DANIEL Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

Homologación judicial de acuerdo transaccional en reclamo por daños y perjuicios. La Cámara homologó el acuerdo alcanzado por las partes, confirmando la voluntad expresa y sin vicios, y reguló honorarios y tasas judiciales conforme a la suma de $29.000.000, con especial atención a la normativa vigente y principios de proporcionalidad.

Danos y perjuicios Honorarios profesionales Mediacion Proporcionalidad Acuerdo transaccional Accidente automovilistico Justicia Homologacion de acuerdo Tasa judicial Normativa legal

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, María de los Angeles Acosta Caceres, demanda a Lozano Luis Daniel y otros en un expediente de daños y perjuicios relacionados con un accidente automovilístico. Las partes alcanzaron un acuerdo transaccional, que solicitaron sea homologado judicialmente. La Cámara, tras verificar la voluntariedad y ausencia de vicios en el acuerdo, lo homologó con fuerza de ley. Además, se regulan los honorarios profesionales de los abogados y del mediador, considerando la suma de $29.000.000 y principios de proporcionalidad y justicia. Asimismo, se intimó a la parte en garantía para que abone las tasas judiciales de $638.000 y $63.800, bajo apercibimiento de ejecución. Se hizo saber la resolución a las partes y al Hospital Eva Perón de Merlo, y se registraron las notificaciones automatizadas conforme a la normativa vigente. La resolución se fundamenta en la voluntad expresa de las partes, la falta de vicios en el acuerdo y la normativa aplicable, incluyendo la ley 14.967 y el decreto 2530/2010, priorizando principios de justicia, proporcionalidad y responsabilidad profesional.

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