S. J. A. Y S. G. B. S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
La Cámara de Apelaciones confirmó la decisión de conceder el beneficio de litigar sin gastos en favor de los actores, considerando que acreditaron su imposibilidad de afrontar los costos del proceso, y rechazó el recurso de apelación del demandado, imponiendo las costas de alzada a la parte vencida.
La parte actora, J. A. S. y G. B. S., solicitó el beneficio de litigar sin gastos en un proceso de reivindicación contra H. D. C., argumentando su situación de pobreza y incapacidad económica. La instancia de origen concedió la franquicia, y tras la apelación, la Cámara confirmó dicha decisión. La Sala analizó la prueba testimonial que acreditó la imposibilidad de afrontar los costos del proceso, sin evidencias de una capacidad económica superior a la alegada por los actores. La recurrente no aportó pruebas que contradijeran la situación de pobreza alegada ni justificaron una mayor capacidad económica. La sentencia también abordó que la finalización del proceso no modifica la concesión del beneficio, y que la apelación debe ser desestimada, imponiendo las costas a la parte vencida. La Cámara consideró que no se violaron derechos constitucionales ni principios procesales y que la valoración probatoria fue adecuada y suficiente para conceder la franquicia.
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