CREDIAR SA C/ GARCIA ROCIO NATALIA RITA S/ COBRO EJECUTIVO
La sentencia confirma la ejecución de un pagaré contra Rocío Natalia Rita García por la suma de $86.243,45, además de intereses, y ordena su pago. El tribunal estableció que la relación contractual califica como relación de consumo, por lo que se aplican las normas de la Ley 24.240 y las garantías constitucionales del consumidor, declarando la validez del título en ejecución.
El actor, CREDIAR S.A., demanda a la ejecutada, Rocío Natalia Rita García, en un proceso de cobro ejecutivo basado en un pagaré suscripto a la vista, fechado sin vencimiento y sin cláusula de protesto, por la suma de $86.243,45. La sentencia sostiene que el documento cumple con los requisitos del Dec.-Ley 5965/63, aunque en el marco de la Ley 24.240, no vulnera los derechos del consumidor ni afecta sus garantías constitucionales. La relación contractual califica como relación de consumo (art. 1 de la Ley 24.240), por lo que sus disposiciones son de orden público y deben aplicarse de oficio, independientemente de la alegación de las partes. Se establece que la presentación del documento en ejecución se realizó el día 11/11/2019, y los intereses se liquidarán según la tasa pasiva del Banco Central desde la firma del contrato hasta la mora, y luego en carácter de moratorios hasta el pago efectivo. Las costas se imponen a la ejecutada vencida. La sentencia ordena continuar con la ejecución hasta el pago total del capital, con costas a la parte vencida, y difiere la regulación de honorarios.
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