GOROCITO ALDO NARCISO S/ DETERMINACION DE LA CAPACIDAD JURIDICA
La sentencia revisa la declaración de incapacidad de Aldo Gorocito, restringiendo su capacidad jurídica para actos específicos, y dispone apoyos y restricciones en línea con la normativa actual y la Convención sobre Derechos de las Personas con Discapacidad. La decisión fundamenta en informes interdisciplinarios y en la normativa vigente, priorizando la autonomía y protección del paciente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El tribunal revisó la sentencia dictada en 1989 que declaraba la incapacidad civil de Aldo Gorocito por demencia y diagnosticó un retardo mental moderado. Se ordenó un examen interdisciplinario actualizado, que concluyó que el paciente puede realizar actividades básicas con apoyo y supervisión, y que requiere vivir bajo cuidado de un tercero responsable. La autoridad judicial decidió restringir la capacidad del causante en actos de disposición, cambio de estado civil, administración de dinero, y otros, en línea con los principios del nuevo marco legal y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Se designó apoyo a su madre y a otras personas para asistirlo, manteniendo su autonomía en decisiones simples y respetando sus deseos, con supervisión en actos de mayor complejidad. La decisión se fundamenta en la necesidad de protección y apoyo, en el marco del derecho moderno y de los derechos humanos.
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