GOROCITO ALDO NARCISO S/ DETERMINACION DE LA CAPACIDAD JURIDICA
La sentencia revisa y restringe la capacidad jurídica de Aldo Gorocito debido a su estado actual, estableciendo apoyos y limitaciones para su protección y ejercicio de derechos, en línea con la normativa vigente sobre discapacidad y derechos humanos.
El tribunal revisó la sentencia dictada en 1989 que declaraba a Aldo Gorocito civilmente incapacitado por demencia. Tras realizar exámenes interdisciplinarios y una entrevista personal, concluyó que, si bien presenta discapacidad mental significativa, no se encuentra en situación de absoluta imposibilidad de expresar su voluntad, sino que requiere apoyos específicos y restricciones en ciertos actos jurídicos. La decisión se fundamenta en el marco legal actual, incluyendo la Ley 26.657, la Constitución Nacional y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que promueven la autonomía y la protección de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones. Se dispone que Aldo continúe con apoyos de su madre y otros apoyos designados, limitando su capacidad en actos de disposición, administración de bienes, y en la realización de actos que puedan afectar su estado civil, salud y patrimonio. La resolución busca garantizar su protección y respeto a su dignidad, ajustándose a los principios de autonomía progresiva y apoyo. La intervención del curador se mantiene sólo en la medida en que sea necesaria, con la función de ayudar a Aldo en decisiones diarias y en la administración de sus bienes, respetando sus deseos y promoviendo su autonomía.
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