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REGUERO ROBERTO EDGARDO R. S/ DETERMINACIÓN DE LA CAPACIDAD JURÍDICA

La sentencia revisa la capacidad jurídica de Roberto Reguero en función de cambios normativos y sociales, restringiendo sus actos de disposición y administración, y establece un sistema de apoyos para garantizar su autonomía y protección. La decisión refleja la implementación del nuevo paradigma de derechos de las personas con discapacidad.

Discapacidad Salud mental Capacidad juridica Convencion sobre los derechos de las personas con discapacidad Sistema de apoyos Proteccion de derechos Sindrome de down Apoyo Restriccion Ley 26.657

El tribunal revisó la resolución anterior que declaraba a Roberto Reguero "civilmente incapacitado por demencia para el ejercicio de sus derechos", debido a un diagnóstico de síndrome de Down y otros informes interdisciplinarios. La revisión consideró la normativa vigente del Código Civil y Comercial, la Ley 26.657 de Salud Mental y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que promueven un enfoque más inclusivo y respetuoso de la autonomía. Los informes y la entrevista personal concluyeron que el paciente requiere asistencia y supervisión en sus actividades diarias, no puede administrar bienes ni realizar actos civiles sin apoyo, y necesita acompañamiento familiar y terapéutico permanente. La sentencia dispuso la restricción de su capacidad para realizar actos de disposición y administración de bienes, cambiar su estado civil, reconocer hijos, ocupar cargos públicos o privados, prestar consentimiento para tratamientos médicos, administrar dinero, realizar actividades laborales y vivir solo, en función de su estado actual. Además, se designó un apoyo (Edgardo David Reguero) para asistirlo en la comprensión y toma de decisiones, respetando sus deseos y promoviendo su autonomía, con autorización judicial para actos que excedan la simple administración. La resolución enfatiza el marco legal actual, que prioriza los derechos y la autonomía de las personas con discapacidad, y ordena la comunicación de la misma a los registros correspondientes. Fundamentos principales: "En virtud de los informes interdisciplinarios y de la entrevista personal, se concluye que el Sr. Roberto Reguero requiere asistencia y supervisión en sus actividades diarias, no pudiendo administrar sus bienes ni ejercer su voluntad en actos civiles sin apoyo." "El nuevo marco normativo del Código Civil y Comercial, la Ley de Salud Mental y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, establecen un paradigma de apoyo y protección que respeta la autonomía progresiva de las personas con discapacidad." "Se dispone la restricción de la capacidad en los aspectos señalados, y se designa un apoyo, en línea con el sistema de apoyos previsto en la legislación vigente, para facilitar su ejercicio de derechos, siempre respetando sus deseos y promoviendo su autonomía."

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