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FLORIT ALBERTO HORACIO C/ TANDIL INVERSORA SACIFIMAG S/ INCIDENTE CONCURSO/QUIEBRA (EXCEPTO VERIFICACION)

La demanda de escrituración promovida por Florit contra Tandil Inversora SACIFIMAG fue atendida y se hizo lugar a la misma, ordenando la escrituración del inmueble en favor del actor, considerando que la operatoria y las certificaciones de pago acreditan la buena fe y la oponibilidad a la quiebra.

Buena fe Compraventa inmueble Quiebra Costas. Ley 24522 Incidente de escrituracion Oponibilidad a la quiebra Codigo civil 1974 Certificacion de pago Clausula 7ma. contrato

El actor, Alberto Horacio Florit, demanda la escrituración de un inmueble adquirido en subasta, que la firma Tandil Inversora SACIFIMAG, en quiebra, no ha formalizado. La demanda se fundamenta en un boleto de compraventa registrado en fs. 22/23 y en el pago de cuotas certificado por la inmobiliaria Vinelli. La sindicatura, que se allanó a la demanda, sostiene que los pagos están acreditados y que la operatoria cumple con los requisitos legales para ser oponible a la quiebra, citando el art. 146 de la Ley 24522 y el art. 1185 del Código Civil. La sentencia analiza la normativa aplicable, destacando que la relación jurídica se constituyó bajo la normativa del viejo Código Civil, por tratarse de contratos celebrados en 1974, y que los boletos de compraventa y certificados de pago son suficientes para acreditar la buena fe y la oponibilidad. La resolución concluye que la operatoria cumple con los requisitos legales y que el incidente de escrituración debe hacerse lugar, ordenando la escritura a favor del actor y estableciendo las costas a cargo de la parte actora, en línea con las cláusulas del contrato y los precedentes relevantes.

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