MIRANDA ESTELA ADRIANA C/ DESCARTABLES CAROMAR S.A. Y OTRO/A S/ DESPIDO
La Corte provincial rechaza el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la actora contra la sentencia que rechazó la demanda por despido y otros reclamos laborales. La decisión se fundamenta en la inexistencia de violaciones a la doctrina legal y en la correcto análisis probatorio del tribunal de grado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Estela Adriana Miranda, demandó a Descartables Caromar S.A. y otra, reclamando indemnizaciones por despido, nulidad del despido y otros conceptos laborales. La sentencia de primera instancia, dictada por el Tribunal de Trabajo N° 3 de Mar del Plata el 5 de junio de 2023, acogió parcialmente la demanda y condenó a la empleadora al pago de indemnizaciones. Además, rechazó la existencia de hechos de violencia de género y discriminación, y desestimó la acción respecto de la aseguradora de riesgos del trabajo. La Corte de Buenos Aires, al analizar el recurso extraordinario, concluyó que la recurrente no cumplió con el requisito de demostrar que lo cuestionado superaba el mínimo para recurrir, y que no se evidenció que el fallo de grado contradiga doctrina legal o viole normas constitucionales o legales relevantes. Además, consideró que las alegaciones de la actora sobre valoración de prueba y ausencia de perspectiva de género carecían de sustento suficiente. La Corte afirmó: "la función revisora de esta Corte queda circunscripta a verificar si lo resuelto en autos contradice la doctrina legal, violación que se configura cuando este Tribunal ha establecido la interpretación de las normas que rigen la relación sustancial debatida en una determinada controversia y el fallo impugnado la transgrede, precisamente, en un caso similar". En consecuencia, se rechazó el recurso con costas.
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