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GIROTTI BLANCO SOFIA VALERIA C/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ INCONSTITUCIONALIDAD DEL INC. A DEL ART. 3° LEY 10.973

La Corte bonaerense declaró la inconstitucionalidad de las normas que prohíben el ejercicio simultáneo de las profesiones de abogado y martillero, y confirmó la medida cautelar que suspendió su aplicación, argumentando que dichas incompatibilidades absolutas violan derechos constitucionales y carecen de razonabilidad.

Inconstitucionalidad Derechos constitucionales Poder de policia Incompatibilidad profesional Igualdad ante la ley Libertad de trabajo Profesiones liberales Jurisprudencia. Regulacion provincial Doble ejercicio

¿Qué se resolvió en el fallo?

La demandante, Sofía Valeria Girotti Blanco, promovió acción constitucional contra las leyes 5.177 y 10.973, que prohíben ejercer simultáneamente las profesiones de abogado y martillero público. Argumenta que esas prohibiciones violan derechos constitucionales a la igualdad, libertad de trabajo y ejercicio profesional, además de ser arbitrarias y discriminatorias. La Suprema Corte analizó antecedentes jurisprudenciales, destacando que el poder de policía para reglamentar profesiones debe respetar el principio de razonabilidad y proporcionalidad. La Corte concluyó que la incompatibilidad absoluta establecida en dichas leyes no guarda relación razonable con los fines perseguidos y, por tanto, resulta inconstitucional. La sentencia declaró la inconstitucionalidad de las incompatibilidades y ordenó que no se apliquen a la situación de la actora. Además, se resolvió que las costas se imponen por su orden debido al allanamiento oportuno del señor Asesor General de Gobierno, que se allanó a la demanda. La decisión fue unánime, con votos coincidentes de los jueces Soria, Kogan, Torres y Budiño.

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