NARCISENFELD NATALIA Y OTROS CONTRA GCBASOBRE DAÑOS Y PERJUICIOS (EXCEPTO RESP. MÉDICA)
La Cámara de Apelaciones confirmó la responsabilidad del GCBA por daños causados por raíces de árbol en vivienda, aumentando la indemnización por daño moral a $100.000 por cada actor, y rechazando los agravios del ente público sobre otros rubros.
En el caso, corresponde confirmar la sentencia de grado, en cuanto hizo lugar a la demanda de daños y perjuicios interpuesta por la parte actora contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, a raíz de que su inmueble había sucumbido y caído en ruinas por la negligencia e impericia de la demandada. En su demanda, mencionaron que el demandado había plantado un árbol de la especie Fraxinus Excelsior en la vereda frente a su vivienda y que, como consecuencia del crecimiento desmedido de sus raíces, le había causado daños estructurales que provocaron el deterioro de su inmueble. En efecto, el Gobierno local entiende errada la sentencia de primera instancia por cuanto, a su criterio, las constancias de autos resultan insuficientes para acreditar que el daño en el inmueble se hubiese producido por el crecimiento de las raíces del árbol ubicado en la vereda del inmueble. Cuestiona la prueba pericial y subraya que los actores habrían efectuado obras antirreglamentarias en el inmueble. Como punto de partida, tal como mencioné al votar en la causa “Ottolenghi, Eduardo Martín c/ GCBA y otros s/ daños y perjuicios (excepto resp. médica)”, Expte. Nº 7878/0, Sala II, la valoración de la prueba es el acto mediante el cual el órgano judicial, en oportunidad de dictar sentencia definitiva, se pronuncia acerca de la eficacia o atendibilidad de aquella para formar su convicción sobre la existencia o inexistencia de los hechos controvertidos del proceso. En el ámbito local, las pautas que deben seguirse en lo tocante a este punto se encuentran en el artículo 310 del Código Contencioso Administrativo y Tributario -concordante con el artículo 386 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. En este contexto, advierto que el Magistrado de grado ha efectuado un correcto análisis de la prueba pericial. Todos los peritos que participaron de las diversas pruebas en el domicilio de los actores coincidieron en que la causa dominante del deterioro del inmueble fue el crecimiento de las raíces del árbol que se encontraba emplazado en la vereda, descartando, en principio, que los daños respondiesen a la realización de una refacción mal ejecutada. Teniendo en cuenta que los diversos profesionales avalaron la postura esgrimida por la parte actora y que, el hecho alegado por el Gobierno recurrente como causante de los daños denunciados no ha sido debidamente acreditado, estimo que el agravio en estudio debe ser rechazado.
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