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VIVIAN HNOS S.A.C.I.F CONTRA GCBASOBRE REPETICION (ART. 457 CCAYT)

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de la Ciudad de Buenos Aires concede parcialmente el recurso de inconstitucionalidad contra la sentencia que confirmó la validez de la resolución de Hacienda y Finanzas Nº 4151/03, por considerar que el planteo del GCBA involucra cuestiones constitucionales relacionadas con principios de legalidad y derechos al debido proceso.

Intereses Tasas de interes Admisibilidad del recurso Principio de legalidad Procedencia Tributos Repeticion de impuestos Recurso de inconstitucionalidad Procedimiento contencioso administrativo y tributario Caso constitucional

En el caso, corresponde conceder parcialmente el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. En efecto, y en lo que es relevante a tenor del planteo efectuado, esta Sala entendió, por mayoría, que correspondía confirmar la decisión del Juez de grado mediante la que se declaró de oficio la inconstitucionalidad de la Resolución de Hacienda y Finanzas Nº 4151/03, y fijó los intereses con arreglo a lo resuelto en el fallo plenario “Eiben, Francisco c/ GCBA s/ empleo público (no cesantía ni exoneración)”, del 31 de mayo de 2013. Frente a ello, la parte recurrente, al interponer el recurso de inconstitucionalidad, adujo que la sentencia de este tribunal vulnera las garantías del debido proceso y defensa en juicio, y que transgrede los principios de legalidad, congruencia y división de poderes. Al respecto, refirió que mediante la sentencia impugnada se la obliga a abonar intereses distintos a los determinados en la normativa aplicable al caso. Ahora bien, corresponde analizar el agravio relativo a la declaración de inconstitucionalidad de la Resolución N° 4151/SHYF/2003. En el "sub examine", la crítica de la parte recurrente exhibe una cuestión constitucional relacionada, de manera directa, con el decisorio definitivo que emana de esta instancia y, en tal medida, resulta formalmente idónea para suscitar la competencia del Tribunal Superior de Justicia por la vía intentada. Ello así, el pronunciamiento cuestionado se encuentra comprendido entre los supuestos que habilitan la intervención del Tribunal Superior por la vía intentada, dado que se impugna una sentencia definitiva, emanada de esta Cámara –que reviste el carácter de superior tribunal de la causa–, y la pretensión se expresa en términos constitucionales, esto es, pone en juego la interpretación, aplicación y vigencia de normas contenidas en la Constitución Nacional y en la de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

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