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R., C. A. CONTRA GCBA SOBRE AMPARO - VIVIENDA

La Cámara de Apelaciones en lo CAYT revoca parcialmente la sentencia de grado, confirmando la condena al GCBA a presentar una propuesta para brindar alojamiento adecuado al actor en situación de vulnerabilidad, y mantiene la medida cautelar respecto del subsidio y la provisión de fondos.

Prueba Personas con discapacidad Situacion de vulnerabilidad Politicas sociales Accion de amparo Procedencia Derecho a la vivienda digna Subsidio del estado Deberes de la administracion Emergencia habitacional

En el caso, corresponde confirmar la sentencia de grado, en cuanto hizo parcialmente lugar a la acción de amparo interpuesta, rechazó la pretensión del actor dirigida a que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires procediera a refaccionar su vivienda, y le ordenó otorgarle una solución habitacional definitiva. En efecto, y conforme se desprende de autos, el actor es un hombre solo, de 49 años de edad, que padece una discapacidad mental moderada, carece de una red familiar de contención, y padece de trastorno en la marcha, deambula con la ayuda de un bastón y tiene artrosis. También surge de autos que el amparista no cuenta con la aptitud física ni psíquica para la realización de tareas laborales, tiene problemas relacionados con la educación y el alfabetismo, y necesita acompañamiento y/o asistencia para el desarrollo de su vida cotidiana; función que cumpliría un acompañante terapéutico. En lo referente a su situación económica, del informe socio ambiental citado, surge que el actor se encuentra desocupado, que es titular de una pensión no contributiva por discapacidad por la que percibe la suma de $8.069, que recibe la suma de $1.000 por el programa ciudadanía porteña y que debe concurrir a un comedor comunitario, en donde retira alimentos correspondientes al almuerzo. Por su parte, del informe elaborado por el perito arquitecto de la Dirección de Asistencia Técnica de la Defensoría General de la Ciudad, se desprende que la vivienda del actor no tiene las condiciones mínimas de habitabilidad para que se desarrolle una vida sana, considerando el estado en que se encuentran los elementos de cerramiento y la cubierta, más la inestabilidad de las instalaciones eléctricas y sanitaria, recomendándose la reconstrucción total de la vivienda.

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