DESARROLLOS BUENOS AIRES SA c/ GCBA s/ acción meramente declarativa
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires desestimó la apelación del GCBA contra la declaración de prescripción de una deuda de ABL, confirmando la sentencia de primera instancia y considerando que el monto cuestionado no habilitaba la apelación.
En el caso, corresponde declarar mal concedido el recurso de apelación interpuesto, por no superar el monto mínimo de apelabilidad. En efecto, para los representantes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires concurren los requisitos para interponer el recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Superior de Justicia (cf. art. 219, 2° párr., del CCAyT). En consecuencia es menester verificar si su apelación cumple con los recaudos del artículo 26 de la Ley N° 402 (de Procedimientos ante el TSJ), es decir, si se ha "controvertido la interpretación o aplicación de normas contenidas en las constituciones nacional o de la ciudad, o la validez de una norma o acto bajo la pretensión de ser contrarios a tales constituciones siempre que la decisión recaiga sobre esos temas”. Ahora bien, la alusión a fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y al interés directo o gravamen, como la mención al principio de congruencia y a la sana crítica, son insuficientes a fin de tener por acreditado de modo preciso y fundado que se encuentre controvertida la interpretación o aplicación de cláusulas constitucionales. La apelante expresó su desacuerdo con la imposición de costas efectuada en primera instancia y la calificó de incongruente en relación con los hechos acaecidos. Negó que haya existido error alguno al registrar la deuda impositiva de la actora, sin indicar cuáles fueron los argumentos o pruebas de los que el Juez prescindió y, menos aún, de qué modo esto constituye una cuestión constitucional.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: