INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS AVALOS, LEANDRO JAVIER SOBRE 6.1.44 - TRANSPORTE DE PASAJEROS
La Cámara revoca la absolución de Leandro Javier Avalos por transporte ilegal de pasajeros y lo condena a multa de 500 UF y 7 días de inhabilitación, considerando que la actividad sin habilitación infringe la normativa local y que la sanción debe ajustarse a las circunstancias del caso.
Las únicas posibles formas de transporte de pasajeros en vehículos, habilitadas actualmente dentro de la Ciudad son las mencionadas en el Código de Habilitaciones y el Código de Tránsito y Transporte local (Ley N° 2.148): remis, taxi o transporte escolar. De este modo, el servicio de transporte ejectuado por la empresa "UBER" solo podría llevarse a cabo de manera legalmente habilitada si se adecuara a alguna de las habilitaciones mencionadas. De lo contrario, resulta en infracción a las leyes locales y, por ello, susceptible de ser sancionada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.1.94 de la Ley N° 451
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